Comunicación audiovisual, Ciber/Hackfeminismo y TRIC para el desarrollo | Marta García Terán
Esta semana, en mi columna en Diario Metro me detengo a explicar conceptos básicos ligados con cómo nos desenvolvemos en entornos digitales. Pasen y lean:
Hace unas semanas hablaba de seguridad, vigilancia en Internet y privacidad, a partir de la celebración de la “Reunión Regional de Latinoamérica y El Caribe Preparatoria para el Foro de Gobernanza de Internet”. Pensando en ello, quiero volver a retomar y explicar ciertos conceptos clave que todas debemos tener en cuenta.
Todas tenemos una sombra digital, que es toda aquella información que encontramos que la Web sobre nuestras vidas, datos personales, profesionales, ubicados por nosotras mismas, o por otros, y que, aunque en muchos casos no nos gustaría que fueran de dominio público, a menudo sí lo son.
Esta sombra digital está ligada al concepto de la identidad digital que es “lo que somos para otras personas en la Red o, mejor dicho, lo que la Red dice que somos a los demás”, así la definen desde Pantallas Amigas.
El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación en España (INTECO), profundiza en el análisis de esta nueva identidad digital, y la trata como el conjunto de la información sobre una persona o una organización expuesta en Internet: los datos personales, imágenes, registros, noticias, comentarios, etc. que conforma una descripción de dicha persona en el plano digital.
La diferencia entre la identidad digital y la sombra digital vendría a ser que de alguna forma podemos marcarnos una estrategia para controlar en cierta medida la identidad que reflejamos online, siempre teniendo en cuenta que una parte de todo lo que está online no podremos controlarlo, lo que supondría esa sombra online.
El derecho al olvido es uno de los derechos digitales que suele ocupar titulares. Wikipedia lo define como “un derecho relacionado con el Habeas Data y la protección de datos personales. Se puede definir como el derecho que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales”. Por supuesto este derecho está ligado a nuestra privacidad.
Controlar nuestra identidad digital y algunos aspectos de la sombra digital pasa por ejercer este derecho al olvido. Esto es clave por ejemplo en situaciones de violencia digital, delitos de propalación y la llamada pornovenganza, cuando comparten información, fotos o vídeos de nosotras sin nuestro permiso.
Ligado al tema de la sombra y la identidad digital, también encontramos el concepto de extimidad, inicialmente utilizado en el psicoanálisis por Jacques Lacan. Ahora lo aplicamos a las nuevas dinámicas de socialización, reflejando el hecho de que ponemos al alcance de cualquiera nuestra intimidad, haciéndola externa. Ésta práctica se comenzó a popularizar con la aparición de la telerrealidad y por supuesto, la web 2.0, es decir, las redes sociales.
Analizando esta situación, nos encontramos que al utilizar redes sociales y plataformas digitales muchas veces somos nosotras misma las que a posta, con la intención de que otras personas sepan que estamos en uno u otro lugar, para difundir lo que hacemos, lo que nos gusta, etc. Compartimos mucha información de lo que en principio es nuestra vida privada. Así, la Red almacena nuestra imagen, vídeos, información relevante sobre nuestra vida, quedando acumulada hasta que alguien la encuentra, queramos o no.
¿Qué podemos hacer ente todo esto?
Debemos ser conscientes de todos estos conceptos, para así entender dinámicas que ocurren online y estar alertas, tenemos que apropiarnos de nuestros derechos digitales, derechos además son derechos humanos; y finalmente, reconocer que todo esto muchas veces comienza por la autoconsciencia, pero que pasa también por las garantías de la neutralidad de la red y la necesidad de una gobernanza digital que asegure los derechos humanos de todas.
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